La biología sintética es actualmente una de las
ramas de la biotecnología moderna de mayor interés, con potenciales beneficios
para la economía y la salud humana. En nuestro país ésta joven ciencia está
tomando fuerza debido a los nuevos científicos e investigadores que buscan
impulsar la innovación y el desarrollo científico y tecnológico. Pero su auge
ha generado mucha controversia, donde la principal preocupación son los riesgos
de la liberación de organismos, productos y componentes derivados de sistemas
biológicos sintéticos hacia el medio ambiente, y sus posibles daños contra la diversidad
biológica y la salud humana. Por lo que es necesario crear una legislación y
los reglamentos pertinentes, que permitan una correcta manipulación, uso y
transporte de los organismos, productos y componentes derivados de la biología
sintética con el fin de evaluar, avaluar y prevenir los riesgos y mitigar o en
lo posible eliminar los daños que se originen ya sea por la inserción
intencional o accidental de ellos hacia el medio ambiente, como también es
necesaria la creación de las penas correspondientes.
El término “Biología Sintética” fue acuñado por
Randy Rettberg para referirse a esta nueva rama de la ciencia, considerado así
como su padre. Ismael Espinoza, coordinador de negocios de la incubadora Gesta
Mayor de la Universidad Mayor, la define como: “… la unión entre la biología e
ingeniería para la creación de una máquina robótica, pero viva” (Ahumada,
2013) .
El alcance del campo de la biología sintética comenzó a aumentar a mediados del
2000. La primera conferencia sobre el campo, “Synthetic Biology 1.0 (SB1.0)”,
fue llevada a cabo en el verano del 2004 en el Instituto de Tecnología de
Massachusetts (MIT, en inglés), Estados Unidos (Cameron, Bashor, & Collins, 2014, pág. 382) . Lo que permitió la
creación de una comunidad identificable y galvanizar los esfuerzos hacia el
diseño, la construcción y la caracterización de los sistemas biológicos (Cameron, Bashor, & Collins, pág. 383) .
Actualmente la Unión Europea define la biología
sintética como la aplicación de la ciencia, la tecnología y la ingeniería para
facilitar y acelerar el diseño, la fábrica y/o la modificación del material
genético en organismos vivos (2014, pág. 5) . Se subentiende que
se refiere esencialmente a sistemas y dispositivos que la naturaleza no conoce
y que en su estado natural jamás logrará producir.
Por el hecho de que se están modificando sistemas
vivos y agregando elementos ajenos a ellos, se debe tener en cuenta la
posibilidad de que éstos escapen del lugar donde están desarrollándose y
produzcan una perturbación al ecosistema, generalmente con consecuencias
negativas contra la diversidad biológica y la salud humana. Esto se efectúa sin
la existencia de reglamentos y protocolos que dicten una correcta manipulación
de ellos.
Del punto de vista legislativo, Chile está muy por
debajo de otros países miembros de la Organización de las Naciones Unidas (ONU),
dado que no existe un marco regulatorio sobre la biología sintética. Cabe
destacar que participó en la 12a reunión de la Conferencia de las
Partes sobre la diversidad Biológica en Corea (COP12), donde el subsecretario
del Medio Ambiente, Marcelo Mena, expresó:
“Chile está decidido a salvaguardar la biodiversidad” (Dínamo, 2014) ; y su adhesión a las normas generales
de la normativa biotecnológica internacional acordada por la ONU, tales como el
Convenio sobre la Biodiversidad y sus protocolos. A pesar de esto, aún no se
evidencia alguna señal de la creación de un proyecto de ley de parte del Parlamento,
que implemente sus principios y objetivos.
La creación de un marco regulatorio es de suma
importancia, debido a que entrega los principios y la orientación para la
creación de metodologías de evaluación y avaluación de riesgo con respecto a la
utilización de un organismo, producto y componente derivado de la biología
sintética, dependiendo del uso que se le dé, ya sea como alimento humano o
animal, para procesamiento industrial y/o su introducción intencional hacia el
medio ambiente.
La última Convención sobre la diversidad biológica (New and emerging issues: Synthetic Biology, 2014) insta a los países
miembros a seguir el principio precautorio para la biología sintética y
asegurar la no liberación de organismos sintéticos para pruebas en campos sin
un proceso formal de evaluación de riesgo, entre otros. Si un organismo,
producto y/o componente se libera al medio ambiente sin haberse realizado un
adecuado y completo estudio de evaluación de riesgo va a generar un daño
irreversible a la biota de la zona, como lo sucedido en el derrame de petróleo
por la explosión de la plataforma de Prospección submarina de Macondo, en el
Golfo de México en el año 2010. El director de operaciones de la Britsh
Petroleum (BP) en el Golfo México informó que hay bacterias sintéticas capaces
de alimentarse del petróleo. Años más tarde se detectó la presencia de una
extraña enfermedad que afecta al fitoplancton y a las comunidades bacterianas,
mediante la mutación del material genético de los microorganismos naturales (Rozas, 2014) .
Actualmente en Chile hay grupos multidisciplinarios,
tales como OpenBio UChile (UChile) ,
que impulsan la formación de redes de grupos y espacios para la investigación,
la innovación y la producción de manera abierta y colaborativa, donde uno de
sus tres ejes es la Biología Sintética. Como esta ciencia avanza a niveles
exponenciales, se hace crítico que el Parlamento de nuestro país comience ya la
redacción de un proyecto de ley que siga los principios del convenio sobre la
diversidad biológica y sus protocolos (Protocolo de Cartagena y Protocolo de
Nagoya-Kuala Lumpur) y la convención sobre la diversidad biológica, de modo que
se generen las metodologías de manipulación de los organismos, productos y
componentes derivados de la biología sintética y así evitar y/o mitigar los
potenciales daños al medio ambiente y a la salud humana y con ello avanzar como
país hacia el desarrollo de tecnologías que permitan la conservación y el uso
sustentable de la diversidad biológica.
Sebastián Tapia Leiva
7 de enero del 2016
Bibliografía
Ahumada, B. (4 de octubre de
2013). BioBioChile - La Red de Prensa Más Grande de Chile. Recuperado
el 27 de diciembre de 2015, de www.biobiochile.cl
Cameron, D. E., Bashor, C. J., & Collins, J. J. (2014). A brief history
of synthetic biologic. Focus on synthetic biologic, 381-390.
Dínamo, E. (18 de octubre de 2014). El Dínamo| Medio Digital -
Noticias de Chile y el mundo. Recuperado el 27 de diciembre de 2015, de
www.eldinamo.cl
Programme, U. N. (2014). New and emerging issues: Synthetic Biology. Cpnference
of the parties to the convention on biological diversity. Pyeongchang: Convention
of Biological Diversity.
Rozas, R. (2014). Biología Sintética y Bioética.
UChile, O. (s.f.). OpenBio UChile - Biología Sintética.
Recuperado el 27 de diciembre de 2015, de openbio.cl/
Union, E. (2014). Opinion on Synthetic Biology I Definition. Luxemburgo: European
Commission.
No hay comentarios:
Publicar un comentario